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SE INFORMA: Haberes mínimos y máximos
SE INFORMA:
Que por decreto Nº 830/17 se fija el haber mínimo jubilatorio en $ 7.592,75 (pesos siete mil quinientos noventa y dos con setenta y cinco centavos).
Segundo, se fija el haber máximo jubilatorio en $ 75.927,50 (pesos setenta y cinco mil novecientos veintisiete con cincuenta centavos).
Tercero, se fija el haber máximo para beneficiarios con intangibilidad constitucional de sus remuneraciones en $ 113.891,25 (pesos ciento trece mil ochocientos noventa y uno con veinticinco centavos)
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